Numbers 35

Numeri

35:1 Hæc quoque locutus est Dominus ad Moysen in campestribus Moab supra Jordanem, contra Jericho :

35:1 Habló Yahvé a Moisés en las campiñas de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, diciendo:

35:2 Præcipe filiis Israël ut dent Levitis de possessionibus suis

35:2 “Manda a los hijos de Israel que de las posesiones de su propiedad cedan a los levitas ciudades para habitar; también daréis a los levitas lugares de pasto alrededor de esas ciudades.

35:3 urbes ad habitandum, et suburbana earum per circuitum : ut ipsi in oppidis maneant, et suburbana sint pecoribus ac jumentis :

35:3 Las ciudades servirán para que habiten en ellas, y sus dehesas serán para sus ganados, para sus rebaños y para todos sus animales.

35:4 quæ a muris civitatum forinsecus, per circuitum, mille passuum spatio tendentur.

35:4 Las dehesas para las ciudades que daréis a los levitas, abarcarán, a partir del muro de la ciudad, para afuera, el espacio de mil codos a la redonda.

35:5 Contra orientem duo millia erunt cubiti, et contra meridiem similiter erunt duo millia : ad mare quoque, quod respicit ad occidentem, eadem mensura erit, et septentrionalis plaga æquali termino finietur, eruntque urbes in medio, et foris suburbana.

35:5 Mediréis, fuera de la ciudad, al oriente dos mil codos, al mediodía dos mil codos, al occidente dos mil codos, y al norte dos mil codos, de suerte que la ciudad esté en el centro. Estas serán las dehesas para las ciudades.

35:6 De ipsis autem oppidis, quæ Levitis dabitis, sex erunt in fugitivorum auxilia separata, ut fugiat ad ea qui fuderit sanguinem : et exceptis his, alia quadraginta duo oppida,

35:6 De estas ciudades que daréis a los levitas seis serán las ciudades de refugio, las cuales destinaréis para que se refugie en ellas el que derramare sangre. Además de estas daréis cuarenta y dos ciudades.

35:7 id est, simul quadraginta octo cum suburbanis suis.

35:7 Todas las ciudades con sus dehesas que habéis de dar a los levitas serán cuarenta y ocho.

35:8 Ipsæque urbes, quæ dabuntur de possessionibus filiorum Israël, ab his qui plus habent, plures auferentur : et qui minus, pauciores : singuli juxta mensuram hæreditatis suæ dabunt oppida Levitis.

35:8 Las ciudades que les daréis de la posesión de los hijos de Israel, las tomaréis en mayor número de los que tienen muchas, y en menor número de los que tienen pocas. Cada (tribu) dará de sus ciudades a los levitas en proporción de la herencia que haya recibido.”

35:9 Ait Dominus ad Moysen :

35:9 Habló Yahvé a Moisés, diciendo:

35:10 Loquere filiis Israël, et dices ad eos : Quando transgressi fueritis Jordanem in terram Chanaan,

35:10 “Habla a los hijos de Israel y diles: Después de haber pasado el Jordán (y entrado) en la tierra de Canaán,

35:11 decernite quæ urbes esse debeant in præsidia fugitivorum, qui nolentes sanguinem fuderint :

35:11 elegiréis ciudades que sean para vosotros ciudades de refugio, para que pueda refugiarse allá el homicida que por error haya dado muerte a una persona.

35:12 in quibus cum fuerit profugus, cognatus occisi non poterit eum occidere, donec stet in conspectu multitudinis, et causa illius judicetur.

35:12 Estas ciudades de refugio os servirán de asilo contra el vengador de la sangre, para que no muera el homicida antes de presentarse delante de la Congregación para ser juzgado.

35:13 De ipsis autem urbibus, quæ ad fugitivorum subsidia separantur,

35:13 De las ciudades que habéis de reservar, seis os servirán de ciudades de refugio.

35:14 tres erunt trans Jordanem, et tres in terra Chanaan,

35:14 Tres ciudades señalaréis en la otra parte del Jordán, y tres en la tierra de Canaán. Estas serán ciudades de refugio.

35:15 tam filiis Israël quam advenis atque peregrinis, ut confugiat ad eas qui nolens sanguinem fuderit.

35:15 Tanto para los hijos de Israel como para el extranjero y el que mora en medio de ellos, estas seis ciudades servirán de asilo, para que pueda refugiarse allá quien haya matado a alguno por error.”

35:16 Si quis ferro percusserit, et mortuus fuerit qui percussus est, reus erit homicidii, et ipse morietur.

35:16 “Si lo hiere con instrumento de hierro y muere (el herido), homicida es; el homicida será muerto irremisiblemente.

35:17 Si lapidem jecerit, et ictus occubuerit, similiter punietur.

35:17 Si lo hiere teniendo en la mano una piedra que pueda causar la muerte, y (el herido) muere, homicida es; el homicida será muerto irremisiblemente.

35:18 Si ligno percussus interierit, percussoris sanguine vindicabitur.

35:18 O si lo hirió teniendo en la mano un instrumento de madera que pueda causar la muerte, y (el herido) muere, homicida es; el homicida será muerto irremisiblemente.

35:19 Propinquus occisi, homicidam interficiet : statim ut apprehenderit eum, interficiet.

35:19 El vengador de la sangre matará él mismo al homicida; dondequiera que le encuentre lo matará.

35:20 Si per odium quis hominem impulerit, vel jecerit quippiam in eum per insidias :

35:20 Si por odio le da empellones, o arroja algo sobre él con mala intención y (el herido) muere,

35:21 aut cum esset inimicus, manu percusserit, et ille mortuus fuerit : percussor homicidii reus erit : cognatus occisi statim ut invenerit eum, jugulabit.

35:21 o si por enemistad lo hiere a puñadas y se sigue la muerte, será muerto irremisiblemente aquel que le dio el golpe; homicida es; el vengador de la sangre dará muerte al homicida tan pronto como lo encontrare.

35:22 Quod si fortuitu, et absque odio

35:22 Mas si por casualidad, sin enemistad, le da un empujón o arroja sobre él cualquier cosa sin intención maligna,

35:23 et inimicitiis quidquam horum fecerit,

35:23 o si, sin verle, deja caer sobre él una piedra que pueda causar la muerte, y se sigue la muerte, sin que él fuese enemigo suyo y sin procurar su daño;

35:24 et hoc audiente populo fuerit comprobatum, atque inter percussorem et propinquum sanguinis quæstio ventilata :

35:24 entonces la Congregación juzgará entre el homicida y el vengador de la sangre, de acuerdo con estas normas.

35:25 liberabitur innocens de ultoris manu, et reducetur per sententiam in urbem, ad quam confugerat, manebitque ibi, donec sacerdos magnus, qui oleo sancto unctus est, moriatur.

35:25 La Congregación librará al homicida de la mano del vengador de la sangre, y le volverá a su ciudad de asilo, donde se refugió; y habitará en ella hasta la muerte del Sumo Sacerdote ungido con el óleo santo.

35:26 Si interfector extra fines urbium, quæ exulibus deputatæ sunt,

35:26 Mas si el homicida sale fuera de los límites de su ciudad de asilo, donde se refugió,

35:27 fuerit inventus, et percussus ab eo qui ultor est sanguinis : absque noxa erit qui eum occiderit.

35:27 y el vengador de la sangre le halla fuera de los límites de su ciudad de refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no tendrá culpa de sangre,

35:28 Debuerat enim profugus usque ad mortem pontificis in urbe residere. Postquam autem ille obierit, homicida revertetur in terram suam.

35:28 por cuanto (el homicida) debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del Sumo Sacerdote; solo después de la muerte del Sumo Sacerdote podrá el homicida volver a la tierra de su posesión.

35:29 Hæc sempiterna erunt, et legitima in cunctis habitationibus vestris.

35:29 Estas reglas os servirán de normas de derecho, de generación en generación, en todas vuestras moradas.”

35:30 Homicida sub testibus punietur : ad unius testimonium nullus condemnabitur.

35:30 “Todo homicida será muerto por el testimonio de testigos; un solo testigo no podrá deponer contra nadie para hacerle morir.

35:31 Non accipietis pretium ab eo qui reus est sanguinis, statim et ipse morietur.

35:31 No aceptaréis rescate por la vida del homicida que es digno de muerte; sino que morirá irremisiblemente.

35:32 Exules et profugi ante mortem pontificis nullo modo in urbes suas reverti poterunt,

35:32 Tampoco aceptaréis rescate por aquel que se refugió en su ciudad de asilo, para que vuelva a vivir en su tierra antes de la muerte del Sumo Sacerdote.

35:33 ne polluatis terram habitationis vestræ, quæ insontium cruore maculatur : nec aliter expiari potest, nisi per ejus sanguinem, qui alterius sanguinem fuderit.

35:33 No profanéis el país donde moráis; porque la sangre profana la tierra; y no hay expiación por la tierra para purificarla de la sangre en ella derramada sino con la sangre de aquel que la derramó.

35:34 Atque ita emundabitur vestra possessio me commorante vobiscum. Ego enim sum Dominus qui habito inter filios Israël.

35:34 Por lo cual no contaminéis el país donde moráis, y en cuyo medio habito Yo, pues Yo, Yahvé, tengo mi morada en medio de los hijos de Israel.”